IUS
Es un blog que trata de abuso en menores
martes, 8 de noviembre de 2016
LAS CIFRAS DE ABUSO SEXUAL EN CHILE
SANTIAGO.- "Llegan al Ministerio Público casi 24 mil denuncias de abuso sexual, y 18 mil son contra niños, niñas y adolescentes", detalló la directora nacional del Servicio Nacional de Menores (Sename), Marcela Labraña, al dar a conocer este viernes el primer informe del Observatorio de Abuso Sexual Infantil y Adolescente en Chile. El análisis, realizado por el departamento de estudios del Sename, evidenció que sólo durante 2014 ingresaron 43.292 niños al sistema, de los cuales un 21% correspondió a víctimas de abuso y explotación sexual.
Este primer informe nace a raíz de una plataforma digital lanzada en 2015, que reúne las bases de datos y antecedentes sobre abuso sexual infantil del Sename, Servicio Médico Legal (SML), Ministerio Público, Carabineros, Subsecretaría de Prevención del Delito y Ministerio de Salud, abarcando el período enero a diciembre de 2014. Labraña sostuvo que la plataforma "nos permite tomar decisiones, hacer acciones preventivas y aplicar programas de reparación y acciones judiciales en conjunto". Los resultados mostraron que el 89% de los niños que entran al Sename lo hacen al programa de Protección de Derechos, de los cuales el 38% lo hace por abuso sexual y maltrato. Dentro de esta causal, las regiones con mayor tasa de víctimas son Arica y Parinacota (33,9%) y Antofagasta (29,1%). Por otro lado, el ingreso a programas de salud mental del Ministerio de Salud por abuso sexual corresponde mayormente a niñas entre 10 y 14 años (26,9%). Es en las regiones de Los Lagos (46,8%) y Aysén (36,2%) en las que se muestra una mayor tasa. Esto, según el Sename, se contradice con sus datos de ingreso, que en su mayoría ocurren al norte del país, lo que podría indicar que los casos de abusos en el sur no están siendo denunciados por la población y no llegan a tribunales. Por su parte, los datos del SML dicen que la mayor cantidad de pericias forenses se concentraron en niños y niñas de 0 y 3 años, lo que representa cerca de 593 pericias a 2014.
Además, según cifras de Carabineros, el 62% de los menores de edad víctimas de abuso sexual sufrieron los vejámenes al interior de sus hogares. "No alcanzamos a llegar a cada living de cada hogar, necesitamos que la comunidad denuncie, ya que puede frenar una situación que esté siendo crónica", manifestó la directora del Sename.
Sename: El 75% de las denuncias de abuso sexual tiene como víctimas a menores de edad. El estudio elaborado por la institución evidenció que de los 43.292 ingresos de niños al servicio en 2014, el 21% lo hizo por abuso o explotación sexual.
martes, 25 de octubre de 2016
EL ABUSO INFANTIL
Es importante saber que se entiende por abuso sexual y maltrato infantil.
Generalmente, el término de abuso abarca los daños más serios cometidos contra niños. Un “niño(a) abusado(a)” es un niño(a) a quien su padre/madre u otra persona legalmente responsable por su cuidado le ha causado serio daño físico, le ha expuesto a un riesgo sustancial de serio daño físico, o contra quien se ha cometido un acto de abuso sexual. No sólo puede una persona ser abusiva hacia un niño(a) si comete cualquiera de estas acciones contra él/ella, sino que también una persona puede ser culpable por haber abusado a un niño(a) al permitir que alguien le inflija daño
El maltrato se refiere a la calidad de cuidado que un niño(a) recibe de aquéllos que son responsables por él/ella. El maltrato ocurre cuando un padre/madre u otra persona legalmente responsable por el cuidado de un niño(a) causa daño a un niño(a) o le expone a peligro inminente al no ejercer el mínimo estándar de cuidado en la provisión de cualquiera de lo siguiente: comida, ropa, vivienda, educación o atención médica cuando es permisible financieramente. El maltrato también puede resultar por abandono del niño(a) o por no proveer supervisión adecuada al niño(a).
Rol: 173-2016
Para poder comprender este crudo caso de muerte, pornografía y abuso infantil nos remontaremos al comienzo de la historia, miércoles 13 de noviembre del año 2013, cuando el joven Bastian Bravo Sepulveda de 20 años, nuevamente se enfrascó en una pelea en su casa en Estación Central. Molesto, tomó su bicicleta y salió, según creyeron sus padres, al gimnasio. en donde Bastián al pasar las horas no llega a regresa a casa sus padres concurren a carabineros a presentar una denuncia por presunta desgracia y al notar la poca prioridad de su caso concurren a los medios de comunicación para solicitar ayuda, en una oportunidad la madre de Bastián declaro esto a una entrevista
Lo que dijo la madre en una entrevista de TV
llorando, la madre del joven pidió por televisión ayuda para encontrar a su hijo. Ahí dijo: "Sé que él es valiente. Me imagino que como es tan lindo, tiene una piel linda y brillosa, sus margaritas, sus dientes blanquitos y parejitos, su nariz grande, sus ojos hermosos con una forma especial y su alma, su corazón. Es lindo de todos lados, es fibroso. Pienso que a lo mejor un desgraciado le hizo algo por envidia, o una mujer, no sé". Luego contó que "a veces tenía pesadillas, pero pocas veces, y yo pasaba a acostarme con él. Esta vez me fue a buscar como a las 6 de la mañana, pensando que quería que nos acostáramos juntitos, que pasara para su cama, pero empezó a hablar que se quería ir porque Dios lo venía a buscar. Le dije esa es una pesadilla la que tienes, y empezó con el corazón agitado y me dijo: 'Me tengo que ir, me tengo que ir, mamá'". Mireya agregó que "presumo que alguien, un hombre quizás, lo engañó. Es muy sugestionable, muy sensible, muy humano mi hijo... Nunca en la vida he conocido un hombre tan especial como él".
Estas declaraciones despertaron las sospechas de fiscales, abogados, y la sociedad en general que no fue una simple desaparición
En el transcurso de las diligencias para dar con el paradero del joven que en un primer momento se encontraba desaparecido, se encontraron fotos de connotación sexual de la hermana de Bastián en uno de los computadores de su casa en Estación Central desde ese momento la investigación dio un giro inesperado convirtiendo a los padres de Bastián en sospechosos, Mireya Sepúlveda e Iván Bravo.
Oscar Bacovich, Subcomisario de la Brigada de Ubicación de Personas de la PDI. quien lideró los equipos investigativos, reconoce que hay un momento clave que transformó por completo el proceso, “ el caso se volvió aún más complejo desde el momento en que descubrimos que los papás (Mireya Sepúlveda e Iván Bravo) posiblemente estaban involucrados en el tema de almacenamiento de material pornográfico y abusos sexuales en contra de sus hijos .
Desde ese momento cambió todo pues los testigos se convirtieron en imputados en una causa contra sus propios hijos. Que se caigan los testigos claves nos obligó a ir por un camino mucho más largo que nos obligó a reconstruir todo”, afirma.
Luego de 70 días desde su desaparición, el cuerpo del joven habría sido encontrado sin vida y desnudo cerca del peaje Lo Prado, a un kilómetro del lugar del hallazgo de su bicicleta. ¿Qué sucedió realmente con Bastián?
Su muerte fue accidental, según investigaciones PDI dio como hipótesis que el trayecto fue interrumpido abruptamente por el desgaste del freno. Con ello se salió la cadena, lo que hizo que la bicicleta frenara bruscamente y el conductor saliera expulsado al quedar mal herido siguió caminando por el sector de la cuesta lo prado y posterior muere.
Al pasar los días sus padres seguían con prisión preventiva a espera de la investigación, la fiscal a cargo del caso Paola Trisotti, solicitó una pena total de 11 años de presidio efectivo para la madre y 6 años para su pareja
Un crudo relato sobre las diferentes agresiones sexuales de las que era víctima por parte de sus padres, realizó la niña de 6 años hermana de Bastian Bravo ante la psicóloga forense Saide Link en el marco de la investigación, la psicóloga indicó que la niña continuó entregando antecedentes durante la entrevista: la víctima indicó que además de tomarle fotos, los padres la tocaban con diferentes partes del cuerpo y detalló que cuando lo habían a veces estaban desnudos y otras con ropa. Según el relato de la niña, ambos “se rascaban” los genitales cuando la tocaban.
Tras dos meses de juicio oral, los sentenciadores llegaron a la convicción de que Mireya Sepúlveda realizó actos de significación sexual sobre su hija cuandLey y normas aplicables.
De acuerdo a lo recopilado, se pudo constatar que los jueces del caso determinaron que Mireya Sepúlveda, fue encontrada culpable de los cargos de:
- Abuso sexual impropio.
- Producción de material pornográfico infantil.
Con respecto a estos cargos, podemos indicar que las leyes por la cual fue enjuiciada son las siguientes:
- Código Penal, artículo 374 bis inciso 2º, el almacenamiento de material pornográfico infantil
- Ley 20526, Sanciona el acoso sexual de menores, la pornografía infantil virtual y la posesión de material pornográfico infantil.
- Ley 20207 Pedofilia y Abuso sexual a menores.
Para comprender un poco mejor a lo que se refiere la Ley se incluye lo siguiente:
¿Cuál es la definición de pedofilia?
Aunque la ley no usa específicamente la palabra “pedofilia”, sí califica como delito el acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal a una persona menor de catorce años, aun cuando no exista fuerza, intimidación o incapacidad de la víctima para defenderse.
Aunque la ley no usa específicamente la palabra “pedofilia”, sí califica como delito el acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal a una persona menor de catorce años, aun cuando no exista fuerza, intimidación o incapacidad de la víctima para defenderse.
¿Qué otras conductas se consideran abusos contra menores?
- También se castiga una relación carnal homosexual con un menor de 18 años, aun cuando no se cumplan las condiciones que definen la violación o el estupro.
- Actos sexuales con menores, que involucren introducir objetos por vía bucal, vaginal, anal o que involucren animales.
- Pagar por servicios sexuales de menores de edad.
- En general, cualquier acto sexual que afecte los genitales, ano o boca de un menor de edad.
¿Cuáles son las penas para los que cometen estos delitos?
- Violación a un menor de catorce años: De 5 años y un día a 20 años.
- Relación homosexual con un menor: de 61 días a 3 años.
- Involucrar a menores en actos sexuales con animales o introduciéndoles objetos: Cuando hay circunstancias que se definan como violación (hacer uso de fuerza o cuando la víctima no puede resistirse), 5 años y un día a 15 años; de 5 años y un día a 20 años si la víctima es menor de 14 años, y de 3 años y un día a 10 años si la víctima tiene entre 14 y 18 años y se cumplen las condiciones para estupro.
- Pagar por servicios sexuales de un menor: 3 años y un día a 5 años.
- Cualquier otro acto sexual distinto de la violación, realizado de manera abusiva con menores de edad: 3 años y un día a 5 años si la víctima tiene entre 14 y 18 años, y de 3 años y un día a 10 años si la víctima es menor de 14 años.
- Exponer a menores a pornografía para excitación: De 541 días a 5 años.
- Hacer que menores realicen acciones sexuales para excitar a otro: 3 años y un día a 5 años.
- Producir material pornográfico: 3 años y un día a 5 años.
- Comercializar, importar, distribuir, difundir o exhibir material pornográfico, cualquiera sea su soporte, en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de dieciocho años: de 3 años y un día a cinco años.
- Facilitar prostitución de menores: 3 años y un día a 5 años.
¿Los condenados por delitos sexuales contra menores pueden obtener la libertad condicional?
La mayoría de los condenados por diversos delitos pueden aspirar a la libertad condicional al cumplir la mitad de la pena. Pero quienes están sentenciados por algunos delitos graves, que define la legislación, sólo pueden postular al cumplir dos tercios de la condena. Entre otros delitos, es el caso de los condenados por violación de una persona menor de 14 cabajo forzado infantil, la servidumbre y la esclavitud de niños, niñas y adolescentes y los que facilitan que se cometan esos delitos.
¿Pueden los condenados borrar la pena de inhabilitación temporal para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en el ámbito educacional?
Sólo podrán borrar los antecedentes transcurridos diez años desde el cumplimiento total de la pena.
o ésta tenía 6 años
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